Diez años después del ASESINATO de José Couso

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view post Posted on 8/4/2013, 23:21     +1   -1
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(eh?, que hago en el club de fans de cena, ami no me agrada cena x.x) XD By:John_2801

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El 8 de abril de 2003 un proyectil disparado desde un tanque estadounidense durante la guerra de Irak acabó con la vida del cámara gallego
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Un día después de que un misil iraquí acabase con la vida del periodista de «El Mundo» Julio Anguita Parrado, un proyectil disparado desde un tanque estadounidense durante la «toma de Bagdad» acabó con la vida de José Couso. Fue el 8 de abril de 2003, hace hoy justo 10 años. Hasta ahora, el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz -que cree que tras el incidente había un plan diseñado por el Ejército de EE.UU. para amedrentar a los medios desplegados en la capital iraquí- ha procesado en tres ocasiones a tres militares norteamericanos sin éxito ninguno. [Consulta aquí el auto de procesamiento del juez Pedraz (en PDF)]

Aquel día, el operador de cámara de Telecinco se encontraba en el Hotel Palestina, en el que se hospedaban unos 200 periodistas que cubrían la guerra, entre otros su compañero Jon Sistiaga. No era la primera vez que trabajaba en la capital iraquí: Couso, además de otros conflictos como la guerra de Kosovo, había cubierto los bombardeos de Bagdad en 1998.

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AN: «Fue un acto de guerra contra un enemigo erróneamente identificado»



En el transcurso de la entrada de las tropas estadounidenses en la ciudad, uno de sus carros de combate, un Abrams M1 al mando del sargento Thomas Gibson, disparó al edificio desde el puente Al Jumhuriya. El proyectil impactó de lleno en el piso en el que se alojaban los periodistas de la agencia Reuters, matando al instante al ucraniano Taras Protsyuk, y dejando herido de muerte a José Couso, que se encontraba en la habitación de abajo, la 1403. El cámara gallego murió poco después mientras estaba siendo operado en el Hospital San Rafael de la capital iraquí.
Dos años después el juez Santiago Pedraz, recién llegado a la Audiencia Nacional, puso en marcha una causa contra Gibson y los dos superiores que autorizaron el disparo: el capitán Philip Wolford y el teniente coronel Philip de Camp. Así comenzó un montaña rusa de procesamientos, archivos y revocaciones que dura hasta hoy. El magistrado incluso se desplazó a Bagdad en 2011 para investigar el incidente in situ. Allí pudo comprobar que desde el puente desde el que realizó el disparo el tanque estadounidense se tenía buena visión de la habitación en la que se encontraba José Couso. El informe pericial que solicitó entonces afirma que el visor del Abrams M1 permitía a sus ocupantes ver «con total claridad a los individuos que estaban en el Hotel Palestina y los objetos que portaban».

Por su parte, los militares procesados por Pedraz aseguraron en su momento que el tanque disparó tras ver el reflejo de una luz amenazante que provenía del lugar en que se encontraba el cámara ferrolano. El Pentágono, que investigó el caso, concluyó que sus soldados no tuvieron culpa de la muerte del periodista gallego porque no cometieron negligencia ninguna y sólo respondieron a una amenaza.

En las tres ocasiones en que Pedraz ha ordenado la búsqueda y captura de los tres militares se ha enfrentado a los criterios de la Fiscalía y de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que revocó el procesamiento en 2008 y 2009 y considera que la muerte de Couso no fue un asesinato, sino consecuencia de un «acto de guerra contra un enemigo erróneamente identificado». Pero el magistrado ha encontrado en el Tribunal Supremo a un poderoso aliado que ha respaldado sus tesis. En 2010 el TS ordenó reabrir el caso, y el pasado mes de marzo Santiago Pedraz dio su visto bueno a la solicitud de nuevas diligencias que presentaron familiares de Couso y la acusación particular. De manera que es probable que continúen los dimes y diretes entre distintas instancias judiciales españolas que han estado poniendo en riesgo la cooperación judicial -y en otros campos- entre Estados Unidos y nuestro país.

La Interpol, por su parte, ha aclarado que no puede detener a los militares procesados por Pedraz porque el artículo 3 de su Estatuto le prohíbe «toda actividad o intervención en cuestiones o asuntos de carácter político, militar, religioso o racial».



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